Bpm Abogados somos un despacho de abogados de herencias en Barcelona, ubicados en Barcelona y también en el Alt Penedés.
En esta área de servicios resulta primordial asesorarte de forma preventiva, especialmente sobre el impuesto de sucesiones en Cataluña, a fin de poder obtener los mayores beneficios, conseguir tus objetivos con los menores costes posibles. Para los procesos contenciosos nuestra meta es conseguir el mejor acuerdo extrajudicial, pero si hay que acudir a juicio te defenderemos ante todo.
Nuestra prioridad eres tú y tu familia: sabemos escuchar tus necesidades y haremos todo lo necesario para resolverlas. Ven a comprobarlo en persona con nuestros abogados de herencias en Barcelona, que dominan a la perfección además el Impuesto de Sucesiones de Cataluña y otras comunidades.
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Herencias
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo otorgar testamento sin que mi pareja o esposa lo sepa?
- Sí. Cualquier persona es libre de otorgar testamento sin tener que comunicárselo a nadie, si no lo desea. El cónyuge no tiene por qué saber cuál es nuestra última voluntad.
- Recientemente ha fallecido mi padre y mi hermano quiere renunciar a su mitad de la herencia ¿qué pasa con su parte?
- Si tu padre otorgó testamento hay que revisarlo para ver si previó que en caso de renuncia de uno de los herederos, fueran los hijos del renunciante los que heredaran. También puede ser que en el testamento se previera que si uno de los dos herederos renunciaba su parte pasaría al otro heredero. En cambio, si tu padre no otorgó testamento en vida y uno de los dos hijos renuncia, la mitad de la herencia del renunciante pasaría a corresponder al otro hermano, que quedaría como heredero único.
- ¿Qué es el testamento vital?
- Es un documento de Voluntades Anticipadas, que también puede recibir el nombre de Instrucciones Previas. En él puedes expresar tu voluntad sobre las atenciones médicas que deseas o no deseas recibir en caso de padecer una enfermedad irreversible o terminal que te haya llevado a un estado que te impida expresarte por ti mismo. También en él puedes determinar qué destino quieres que se dé a tu cuerpo u órganos tras tu fallecimiento.
- ¿Qué pasa si lo que me dejan por testamento no cubre mi legítima? ¿Y si aparecen otros bienes del difunto después de haber cobrado la legítima?
- Se puede reclamar la diferencia de la parte que no cubra la legítima. A este diferencial lo llamamos suplemento de legítima. Si después del pago de la legítima aparecen otros bienes del fallecido, también tendrías derecho a reclamar el suplemento de legítima aunque te hayas dado por completamente pagado de la misma, o incluso aunque hayas renunciado al suplemento.
- Si tengo pareja de hecho y fallezco sin testamento ¿ella tendrá algún derecho a mi herencia?
- En Cataluña los derechos de tu pareja respecto de tu herencia serían los mismos que si estuvierais casados. También ocurre así en Navarra, Galicia, País Vasco y Baleares. Si resides fiscalmente en Aragón o en Andalucía, tu pareja podría residir gratuitamente en vuestra vivienda habitual por el plazo de 1 año desde tu fallecimiento. En el resto de España, si no has otorgado testamento, las parejas de hecho no tienen derecho respecto a la herencia de su difunta pareja.
- Si estoy viviendo fuera de España ¿puedo otorgar testamento? ¿Podré modificarlo posteriormente si vuelvo a España?
- El testamento lo puedes modificar o revocar (dejarlo sin efecto) en cualquier momento. Si has otorgado varios testamentos tendrá validez y será eficaz el último de ellos que hayas otorgado. También puedes otorgar testamento sin ningún problema en el país en que te halles residiendo, cumpliendo con las formalidades del país donde tengas tu residencia. Quizá lo más sencillo sería que otorgases testamento ante el representante español en tu país de residencia que tenga facultades para ejercer funciones notariales (normalmente el cónsul o el embajador español).
- Si me he separado o divorciado, mi ex-esposa tendrá algún derecho sobre mi patrimonio hereditario?
- En general, la separación legal y/o el divorcio son causa por la que se pierden los derechos sucesorios sobre los bienes del ex–esposo/a. Sin embargo, si se ha otorgado testamento previo a favor de la exesposa, es recomendable volver a hacer testamento, ya que las atribuciones hechas a la esposa en testamento anterior no se revocan de forma automática. A pesar de ello, existe numerosa jurisprudencia que considera que la designación de heredero del cónyuge solo es válida si éste sigue siéndolo en el momento del fallecimiento. Si no se ha otorgado testamento, el ex-cónyuge no posee ningún derecho sobre la herencia del difunto. En Catalunya en caso de separación o divorcio la cláusula que instituya heredero al ex cónyuge se considera ineficaz a todos los efectos.
- Tengo dudas sobre si aceptar o no la herencia de mi padre, porque desconozco todas las deudas que podía tener. ¿Qué puedo hacer?
- En estos casos le recomendamos que acepte la herencia “a beneficio de inventario” que supone que la acepta pero que si hubiera más deudas que bienes tu solo responderías con los bienes de la herencia, pero no con tu patrimonio personal previo. Así, en el peor de los casos, si la herencia comportara más deudas que bienes como máximo perderíamos lo heredado, pero no nuestro patrimonio personal.
Últimos casos de éxito
- 16 JUN 2021