Lo que parecía que nunca fuera a pasar se dio ayer: Brad Pitt y Angelina Jolie se divorcian después de 2 años de matrimonio y más de una década de relación. Con el divorcio está en juego la repartición de una gran fortuna. Intuimos que para preservar su patrimonio firmaron un contrato prematrimonial, también llamado capitulaciones matrimoniales, algo que desde BPM Abogados solemos recomendar para evitar problemas futuros de todo tipo, no sólo económicos. En España, al contraer matrimonio se puede escoger entre dos opciones: separación de bienes o gananciales.
¿Qué diferencia hay entre casarse en régimen de gananciales o hacerlo en separación de bienes?
El régimen de gananciales no hace distinción en el patrimonio que construyan el futuro matrimonio a partir de la fecha de la boda. Todas las ganancias o beneficios que obtengan, juntos o separados, los hará propietarios a partes iguales. Esto también se aplicará a las deudas, que se compartirán, aunque en principio sean sólo de uno de los cónyuges. Además, será necesario el beneplácito o consenso del otro cónyuge para gestionar o vender los bienes comunes. Los bienes privativos, que aglutinan los que tenía cada cónyuge antes del matrimonio y los bienes recibidos a título gratuito por herencia o donación antes o después de la boda, no entrarán dentro de lo considerado patrimonio común.
Si se contrae matrimonio en separación de bienes, el matrimonio mantiene su patrimonio de forma independiente, aunque se haya adquirido de forma conjunta. La división, en caso de divorcio, se hará de manera proporcional a la aportación hecha por cada uno.
Tipo de régimen económico según comunidad autónoma
Si el futuro matrimonio no se decanta por ningún régimen en particular, se aplicará por defecto el régimen propio de cada comunidad autónoma. En casi todas las comunidades de España se aplica por defecto el régimen de gananciales. Sin embargo, en Cataluña e Islas Baleares el régimen preferente y que se aplica por defecto es el de separación de bienes. Navarra, Aragón y una parte de Vizcaya aplican sistemas propios parecidos al de gananciales.
Capitulaciones matrimoniales
Las capitulaciones matrimoniales modifican el régimen aplicado por defecto a los cónyuges y fijan las normas que regirán el sistema económico del futuro matrimonio. Normalmente se utilizan las capitulaciones para pasar de gananciales a un régimen de separación de bienes. Para trabajadores autónomos es una buena forma de separar el patrimonio familiar del profesional. Pueden realizarse capitulaciones matrimoniales, tanto antes como después de la boda, ante notario y posteriormente inscribirlas en el Registro Civil. En Derecho Matrimonial vale más prevenir que curar y, por ello, en BPM Abogados somos expertos consejeros en asesorar y redactar pactos o acuerdos prematrimoniales en previsión de futuras rupturas. Siempre resulta mucho más sencillo, objetivo y rentable alcanzar acuerdos prematrimoniales cuando ambos miembros de la pareja no se hallan inmersos en una crisis de convivencia.