El límite del 2% en la revaloración de los contratos de alquiler aprobado por el Gobierno en marzo del año pasado y que entró en vigor el 1 de abril de 2022 está dando mucho que hablar. Si bien parecía una medida sin fisuras, como en todo, hecha la ley, hecha la trampa. Y es que esta medida tiene, ciertamente, matices. Como abogados inmobiliarios en Barcelona, desde BPM Abogados comentamos la puesta en marcha de esta medida, que, pese a que se presentaba como dique de contención ante la subida de precios por la inflación, está causando, lamentablemente, un encarecimiento de los nuevos alquileres. Respondemos también algunas de las dudas que han ido surgiendo desde su puesta en marcha.
“Mi casero me ha subido un 6% del alquiler alegando la cláusula del contrato de la actualización del IPC. ¿Qué hago?
La ley prohíbe aplicar a los alquileres vigentes un aumento por encima del 2%, aunque en el contrato figure la cláusula de actualización del IPC. Sin embargo, si el casero plantea una subida de, como en este caso, el 6% y el arrendatario acepta, este aumento no será ilegal. Si el arrendatario no está conforme y el arrendador no acepta el 2% como máximo de subida, será recomendable poner el caso en manos de abogados porque se está dando un fraude de ley.
“¿Pueden subirme más del 2% si mi contrato de alquiler se renovó antes del 1 de abril de 2022?”
Como hemos dicho, este límite en la subida del alquiler entró en vigor el 1 de abril de 2022, por lo que los contratos que se renovaron antes de esa fecha pueden subirse por encima del 2%. Además, la medida no tiene carácter retroactivo, por lo que los contratos ya actualizados no podrán renegociar la bajada hasta ese límite.
Esta medida se prorrogará durante todo 2023, por lo que los contratos que se actualicen durante el año estarán sujetos al límite del 2%.
“¿Y si el contrato de alquiler finaliza en 2023? ¿Puede el casero renovarlo con un precio superior de más del 2%?”
Si el contrato finaliza, el casero puede imponer unas nuevas condiciones y, por tanto, un nuevo precio, aunque supere el 2% del precio del anterior contrato de alquiler. Eso sí, el Gobierno ha decretado que los contratos que finalicen entre enero y junio de 2023 pueden acogerse a una prórroga del alquiler de seis meses con una subida de un máximo del 2%.
¿Tienes dudas sobre esta medida o necesitas que te asesoremos porque crees que te están subiendo de más? Como abogados inmobiliarios en Barcelona en BPM Abogados estamos aquí para ayudarte, contáctanos.