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  • "Tras un desahucio express veo que el inquilino ha destrozado el piso”

21 SEP 2017

Pasar por un proceso de desahucio express, que de express tiene más bien poco, y recuperar al fin la vivienda resultaría un alivio si no fuese porque muchos propietarios encuentran al entrar su piso totalmente destrozado. Desde paredes destrozadas hasta la desaparición de muebles y electrodomésticos. En ocasiones, los desperfectos suman más que lo pagado por rentas de alquiler en todo el tiempo que los inquilinos habitaron la vivienda. Y así, resulta que cuando ya pensabas que la batalla por lograr el desahucio express había acabado, debes empezar otra distinta por lograr que el anterior inquilino moroso pague por todos los destrozos ocasionados en el inmueble.

¿Qué proceso hay que iniciar para que el inquilino moroso pague por los destrozos?

Para reclamar judicialmente por destrozos en la vivienda alquilada, lo primero que se necesita es un informe de daños realizado por un experto. Ésta será la mayor prueba en la que sustentará la reclamación judicial.

Para poder reclamar ante los tribunales es oportuno asegurarse de que los daños por los que reclamamos no son ocasionados por el paso del tiempo y uso normal de la vivienda. Por ello, con carácter preventivo, desde BPM Abogados “recomendamos adjuntar un inventario al contrato de arrendamiento para poder demostrar que, por ejemplo, el inquilino se ha marchado llevándose muebles y electrodomésticos del propietario”. Además, “en el momento del lanzamiento, el funcionario del juzgado levantará acta de la entrega del piso. Se le debe pedir que en el acta refleje con detalle los desperfectos que se observan, los muebles que faltan o los destrozos que hay. Si eso no se hace y el inquilino posteriormente niega que los desperfectos sean cosa suya, sería complicado demostrar lo contrario”.

Una vez contamos con el informe del experto o con el acta de entrega del piso en el que consten los desperfectos, debemos comunicar al inquilino los daños encontrados en la vivienda, o bien correo o a través de burofax.

Si el inquilino decide hacer caso omiso y no hacerse cargo de los daños, se recomienda interponer una demanda judicial con las pruebas que hemos mencionado anteriormente y será el juez el que determine qué cuantía debe abonar el inquilino.

¿Cuándo la fianza cubre los daños hace falta demandar judicialmente?

No. Si los daños ocasionados por el inquilino son de menor o igual cuantía a la fianza, no hace falta demandar judicialmente. Simplemente informaríamos al inquilino de la no devolución de la fianza, o de la devolución de un importe menor al entregado al firmar el contrato, al encontrar en el interior de la vivienda desperfectos importantes.

Si acabas de recuperar tu vivienda después de un desahucio express y te has encontrado con tu vivienda destrozada y la fianza no cubre la cuantía de los daños, contacta con los abogados inmobiliarios en Barcelona, también expertos en desahucio express, de BPM Abogados. Defenderemos tus derechos ante los tribunales para que cobres el dinero por los desperfectos lo antes posible.

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