Tras el fallecimiento de un familiar, especialmente si éste es cercano, miles de personas en España se ven ante la tesitura de aceptar la herencia en su totalidad, aceptar herencia a beneficio de inventario o, por el contrario, renunciar a ella, especialmente si la persona fallecida debe más del conjunto de derechos y bienes. Muchos optan por renunciar tanto a hacerse cargo de las deudas y obligaciones de la persona fallecida como a cobrar nada, aunque hayan sido designados herederos. Sin embargo, ¿qué sucede con los seguros de vida que pudiese tener contratados la persona fallecida? ¿Si renunciamos a la herencia, renunciamos también a cobrar los seguros de vida en los que hayamos sido nombrados beneficiarios? Como abogados de herencias en Barcelona, desde BPM Abogados trataremos de responder a estas preguntas.
Carlos contactó con BPM Abogados tras el fallecimiento de su progenitor, hace poco más de medio año, pues tenía claro que ante las numerosas deudas que tenía su padre, y ningún bien, lo mejor, había leído, sería renunciar a la herencia. Sin embargo, tras analizar toda la información que teníamos al respecto, averiguamos que el padre de Carlos, que hacía años que estaba divorciado y no tenía más hijos ni nueva pareja, había contratado un seguro de vida que pagaba año tras año, cuyo beneficiario en caso de fallecimiento, además, era el propio Carlos. Carlos pensaba que renunciando a la herencia perdía el derecho a cobrar ese seguro de vida. Y, ya adelantamos, no es así.
“Renunciar a la herencia y cobrar un seguro de vida del que se es beneficiario no es incompatible, aunque se piense todo lo contrario. En el seguro de vida contratado por el padre de Carlos, se incluía a éste con nombres y apellidos como beneficiario. Es decir, el beneficiario no iba a ser su heredero o herederos legítimos, sino el propio Carlos. Si en el seguro hubiese figurado como beneficiario el heredero, Carlos no hubiera podido cobrar ese seguro de vida, que resultó ser bastante cuantioso económicamente”, explican los abogados de herencias en Barcelona, de BPM Abogados.
Si quieres dejar testamento o, por el contrario, necesitas que solucionemos temas referentes a alguna herencia de la que eres heredero, contacta con los abogados de herencias en Barcelona, BPM Abogados. Somos un buffet con más de veinte años de experiencia y estamos aquí para ayudarte, asesorarte y defender tus intereses y derechos tanto dentro como fuera de los tribunales.