La entrada en vigor de la ley del divorcio, en 1981, ha hecho que al fallecer una persona que se ha casado en varias ocasiones, haya varias personas beneficiarias de la pensión de viudedad. Sin embargo, la persona fallecida genera únicamente una pensión, por lo que ésta se deberá repartir entre los distintos beneficiarios. Desde BPM Abogados, como abogados de divorcio en Barcelona, explicamos de qué forma se reparte.
El Tribunal Supremo unificó el criterio cuando varios beneficiarios optan a la pensión gracias al caso de un hombre que, en el momento de su fallecimiento, estaba casado y tenía también una exmujer. La pensión inicial que se le calculó a la mujer era de 1.431,76 euros, importe calculado en proporción al tiempo que convivió con el causante. Sin embargo, este importe se rebajó hasta los 248,58 euros mensuales, importe igual a la pensión compensatoria que recibía hasta el fallecimiento del hombre.
Es decir, si al fallecer el causante, uno de los beneficiarios de la pensión de viudedad está percibiendo una pensión compensatoria, se le disminuye lo que en principio le correspondía de pensión de viudedad hasta equipararla al importe que recibía de pensión compensatoria hasta el momento de la muerte. Sin embargo, la rebaja del importe de una de las partes no suponía un incremento del importe de la pensión de la actual pareja del fallecido. Es decir, una parte de la pensión se perdía a favor del estado.
El Supremo finalmente dio la razón a la pareja del fallecido y dio el visto bueno a que esa cuantía de la pensión de viudedad que se perdía se incorporara al importe de la pensión de viudedad de la actual mujer.
Además, al cónyuge “oficial” en el momento del fallecimiento del causante se le garantiza al menos el 40% del total de la pensión. Si alguno de los otros beneficiarios fallece, el importe pasará automáticamente al cónyuge que tenía en el momento del fallecimiento.orologi replica
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