El pasado 6 de marzo entró en vigor un Real Decreto sobre medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Por ello, actualmente son cinco las legislaciones vigentes sobre alquileres, y que se aplicarán dependiendo de la fecha en la que se haya firmado el contrato de alquiler. Como abogados inmobiliarios en Barcelona, desde BPM Abogados te daremos algunas claves para que no te cuelen cláusulas abusivas en el contrato de alquiler.
Sobre la duración del contrato…
Todos los contratos que se firmen desde el 6 de marzo de 2019 y que sean inferiores a 5 años si el arrendador es persona física, o 7 años si el arrendador es persona jurídica, serán prorrogados de forma forzosa si el inquilino así lo desea, hasta que se cumplan los plazos anteriormente mencionados. Incluir una cláusula que indique que el inquilino debe dejar el alquiler en un tiempo inferior a cinco o siete años, dependiendo de si es persona física o jurídica, se considerará abusivo.
Pasado este tiempo, podrá darse una prórroga de tres años si así lo quieren arrendatario y arrendador, puesto que esta vez es voluntaria para el propietario. El arrendador deberá preavisar al inquilino cuatro meses antes de la finalización si quiere rescindir el contrato. En cambio, el inquilino tendrá que avisar únicamente con dos meses de antelación si no quiere prorrogar el contrato de alquiler.
Indemnización por desistimiento
La Ley prevé que, una vez transcurridos los primeros seis meses de contrato, el inquilino pueda desistir del alquiler, sea cual sea el plazo que se pactó en el contrato, siempre que avise con, mínimo, 30 días de antelación. Sin embargo, el propietario puede incluir en el contrato una cláusula que indique que, en caso de que el inquilino desista del contrato de alquiler antes de cumplir los plazos especificados en el contrato, el arrendatario deberá indemnizar al arrendador con una mensualidad de renta por cada año de contrato que reste por cumplir, o con la parte proporcional de la anualidad vigente. Una cláusula que prevea una indemnización mayor será nula.
Subida de precio en el alquiler
La renta se actualizará cada año según el índice de referencia que se fije en el contrato.
Si estás a punto de firmar un contrato de alquiler y necesitas que revisemos que no se haya incluido ninguna cláusula abusiva, contacta con los abogados inmobiliarios en Barcelona, BPM Abogados. Ponemos a tu disposición nuestras más de dos décadas de experiencia. Cuenta con nosotros.