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  • El poder preventivo como alternativa a la incapacitación

    El poder preventivo como alternativa a la incapacitación

25 MAR 2018

Pedir ante la Justicia incapacitar totalmente a una persona es algo a lo que únicamente se debería recurrir en casos muy extremos. Sin embargo, hay alternativa a esto cuando, por ejemplo, de forma consciente y ante el diagnóstico de una enfermedad degenerativa y en previsión de que en un futuro próximo la persona no pueda gobernarse por sí misma, ésta decide nombrar en escritura pública a un apoderado que cuide de sus intereses. “Es una medida más rápida que incapacitar, menos radical y más respetuosa y benevolente”, explican los abogados de herencias en Barcelona, BPM Abogados.

Matías, barcelonés, de 55 años, fue diagnosticado de Esclerosis Lateral Amiotrófica con 52. A las pocas semanas de recibir el diagnóstico se puso en contacto con los abogados de herencias en Barcelona, BPM Abogados, para informarse sobre cómo debía proceder para otorgar a varias personas de su entorno un poder preventivo ante la futura perdida de capacidades que le acarrearía esta enfermedad.

“Desde BPM Abogados le informamos sobre este método como alternativa a una futura petición de incapacidad. El poder preventivo permitiría en este caso a Matías determinar qué persona o personas serán las encargadas de ayudarle cuando éste ya no pueda valerse por sí mismo”, explica uno de los abogados de herencias en Barcelona.

Es importante activar este mecanismo antes de perder su capacidad. Por lo tanto, debe hacerse de forma voluntaria y consciente. En el caso de Matías, éste nombró a dos personas apoderadas: la primera se haría cargo de todas las decisiones relacionadas con la parte personal; la segunda sería la encargada de la parte patrimonial o de gestión de bienes. Buscaba, además, de este modo, evitar conflictos familiares por el control de sus bienes y que se pudiesen tomar decisiones en una línea diferente a la marcada por él.

“Recalcamos que este tipo de mecanismo únicamente puede ponerse en marcha si la persona que sufre en este caso la enfermedad degenerativa no ha perdido sus facultades y todavía puede autogobernarse. En caso de no ser así, el proceso indicado sería el de incapacitación, por lo que se acabaría nombrando un tutor.

Si te acaban de diagnosticar una enfermedad degenerativa y quieres que te informemos sobre poder preventivo para evitar una futura incapacitación o tienes un familiar al que le podría interesar esto, contacta con los abogados de herencias en Barcelona, de BPM Abogados. Te explicaremos con detalle en qué consiste, qué posibilidades hay y de qué forma llevarlo a cabo.

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