En Cataluña la custodia compartida es el régimen preferente, sin embargo, las custodias exclusivas, normalmente en favor de la madre, suelen ser muchas más. El uso del domicilio familiar, una vez la separación o el divorcio ha pasado por los cauces de la justicia, se le atribuye a la persona que ostenta la custodia, en caso de que sea exclusiva, o bien se decanta por uno de los dos progenitores según sus recursos económicos en caso de que sea compartida. Pero ¿es posible la atribución de una custodia exclusiva hacia uno de los progenitores sin que se le atribuya, también, el uso del domicilio familiar? Como abogados de divorcio en Barcelona, desde BPM Abogados responderemos.
Marta contactó con BPM Abogados tras decidir, de mutuo acuerdo, que quería divorciarse de su marido, con el que tiene una hija de 4 años. Su marido, con un horario muy complicado de trabajo y poco adaptable a las necesidades de la pequeña, quería que la custodia en exclusiva fuese para Marta. Marta, con una situación económica mucho más desahogada que su marido y que contaba con dos pisos en propiedad, herencia de su padre, nos preguntaba si podía aceptar la custodia exclusiva, pero renunciando al domicilio familiar en favor de su futuro exmarido.
“No hay ningún problema para atribuir el uso del domicilio familiar al cónyuge que no ostente la custodia. De hecho, el Código Civil de Catalunya prevé esta situación. El apartado 4 del artículo 233-20 indica que, aunque existan hijos menores, “la autoridad judicial podrá atribuir el uso de la vivienda familiar al cónyuge que no tenga su guarda si es el más necesitado y el cónyuge custodio dispone de medios suficientes para cubrir su necesidad de vivienda y la de los hijos”.
Así, a Marta finalmente la atribuyeron la custodia exclusiva y a su marido el uso del domicilio familiar.
“Lo complicado viene cuando los dos progenitores pasan por una situación económica complicada o difícil y se le atribuye la custodia exclusiva y el uso del domicilio familiar a la misma persona. Ahí pese a la clara necesidad del progenitor no custodio de un domicilio familiar, primará siempre el bienestar del menor y, por tanto, el de la persona que ostente su custodia”.
Si tienes una duda o necesitas que te acompañemos durante tu separación o divorcio, contacta con los abogados de divorcio en Barcelona, BPM Abogados. Estamos aquí para ayudarte, escucharte y defender tus derechos y los de tu familia.