La separación y el divorcio de una pareja conlleva multitud de cambios y de toma de decisiones que afectarán de forma clara en sus vidas. Si la pareja tiene hijos, los cambios y las decisiones serán más importantes. Uno de los temas que habrá que abordar, quizá el más importante, será el tipo de custodia que regulará la relación con los hijos. Si bien la custodia compartida es el régimen preferente en Cataluña, hay que cumplir una serie de requisitos para obtenerla. Como abogados de divorcio en Barcelona, desde BPM Abogados explicaremos qué te puede impedir acceder a este tipo de régimen de custodia.
Requisitos custodia compartida
Si bien es cierto que, como hemos dicho, es el régimen preferente en Cataluña, la custodia compartida no se obtiene de forma automática, sino que hay que demostrar que se cumplen una serie de requisitos y aptitudes.
- Los progenitores deben tener aptitudes para cuidar a sus hijos y posibilidades de procurarles un entorno adecuado.
- La justicia tendrá en cuenta también el tiempo que cada progenitor dedicaba a los hijos antes de la separación y las tareas de las que se responsabilizaba. Como esta parte es muy difícil de demostrar, es bueno que, si ya tenemos en mente una futura separación, vayamos pidiendo justificantes en el centro escolar o en los centros médicos a los que acudamos con ellos que indiquen que acompañamos a nuestros hijos de forma habitual.
- Que el vínculo afectivo entre progenitores e hijos sea bueno, así como también el que haya entre los niños y otros convivientes, como podrían ser abuelos o nuevas parejas de los padres.
- Los domicilios en los que va a discurrir la custodia compartida deben ser cercanos entre sí. Vivir en ciudades distintas hace inviable la custodia compartida.
- Si todo lo anterior se cumple, pero los padres no tienen ninguna voluntad en ponerse de acuerdo, cooperar entre ellos para garantizar la estabilidad de sus hijos y ni siquiera mantienen entre ellos una relación de respeto, casi con total seguridad no obtendrán la custodia compartida, por lo que la custodia acabará recayendo en uno de los dos progenitores.
- Si los hijos ya tienen capacidad de razonar y una edad suficiente, se tendrá en cuenta su opinión. Si manifiestan su rotunda voluntad de no querer convivir con uno de los dos progenitores, es probable que el juez tenga muy en cuenta su opinión.
- Obviamente, si hay sentencias por violencia familiar o de género, no habrá custodia compartida.
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