Firmar una hipoteca hace cinco o diez años sin un listado de cláusulas abusivas incluidas en ella era casi imposible. Sin embargo, prácticamente nadie se planteaba contratar a abogados de derecho bancario en Barcelona que analizaran pormenorizadamente qué cláusulas eran abusivas y, por tanto, el banco debía eliminar. Si más de uno hubiera hecho eso con anterioridad, probablemente se hubiera ahorrado algunos centenares o miles de euros. Desde BPM Abogados hoy trataremos de explicar tres cláusulas abusivas bastante frecuentes y, alguna, algo desconocida: la cláusula de intereses de demora abusivos, la cláusula de redondeo al alza de intereses y la cláusula de imposición de la empresa tasadora.
- Cláusula de intereses de demora abusivos: los bancos aplicaban de forma habitual un interés de demora muy superior al legalmente permitido. El Gobierno se vio obligado en el año 2013 a limitar los intereses de demora a 2,5 veces el interés legal del dinero, el 12%, aunque no lo hizo con carácter retroactivo. Si tienes una hipoteca posterior a enero de 2013 y tras un análisis de las cláusulas abusivas de la hipoteca detectas que te están aplicando un interés de demora superior al permitido, puedes exigir a la entidad financiera que te devuelvan todos los importes que superen el 12%.
- Cláusula de redondeo al alza de los intereses: lamentablemente, muchas entidades financieras imponían esta cláusula abusiva a sus clientes sin que estos, tan siquiera, se plantearan que estaban siendo víctimas de un abuso bancario. Con esta cláusula el banco salía claramente beneficiado y el cliente profundamente perjudicado, ya que se veía obligado sin saberlo a pagar un exceso sin recibir nada a cambio. Así, por ejemplo, supongamos que tipo de interés más euríbor da un interés total de 3,458%. Con esta cláusula, el banco podría redondearlo a 3,5% o incluso llegar a redondearlo al 3,75%. Para recuperar el dinero abonado de más es posible reclamar al banco que otorgó la hipoteca el importe resultante entre el interés variable pactado y el redondeado impuesto.
- Cláusula de imposición de la empresa tasadora: el banco, aunque fuese algo que debía pagar el cliente, imponía al consumidor la empresa tasadora del inmueble. Es absolutamente abusivo que el cliente, que es el que paga, no tenga libertad de elección. Sin embargo, no es algo que se suela reclamar lamentablemente.
Si sospechas que en tu hipoteca puede haber una o varias cláusulas abusivas y quieres que un abogado de derecho bancario en Barcelona te haga un análisis pormenorizado y detecte qué puedes reclamar a tu entidad bancaria, contacta con BPM Abogados. Nos encargaremos de detallarte las cláusulas abusivas de tu hipoteca y te acompañaremos en el proceso de reclamación. Además, te representaremos ante los Tribunales si hay que recurrir finalmente a la Justicia.