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  • Cómo incapacitar a un familiar y por qué motivos

    Cómo incapacitar a un familiar y por qué motivos

18 SEP 2017

Incapacitar a un familiar es algo, sin duda, difícil y es una decisión que se debe tomar si ante nosotros vemos que un familiar sufre una enfermedad física o psíquica que le impide gobernarse por sí mismo, tanto a nivel personal, económico y/o patrimonial. “Sin duda, dar el paso de incapacitar a un familiar, que puede ser el cónyuge, puede acarrear problemas familiares, especialmente si la persona a incapacitar no acepta su enfermedad o los problemas que le están llevando a la situación en la que se encuentra”, explican los abogados de divorcio en Barcelona de BPM Abogados.

¿Por qué motivos se puede pedir la incapacitación de una persona?

  • Que la persona padezca una enfermedad física o mental que cause efectos negativos en su capacidad de decidir de forma autónoma.
  • Que la persona padezca una enfermedad física o mental persistente en el tiempo o que sea degenerativa.
  • Que la enfermedad o deficiencia haga que esa persona carezca de capacidad de autogobierno en todas las situaciones comunes de la vida.

¿Quién puede pedir la incapacitación de una persona?

El artículo 757 de la Ley de Enjuiciamiento Civil indica que las únicas personas que pueden iniciar un procedimiento de incapacitación legal son:

  • La propia persona a incapacitar
  • Su cónyuge
  • Hijos
  • Padres
  • Hermanos
  • El Ministerio Fiscal de oficio

Si, por ejemplo, un sobrino o un amigo cree que esa persona es incapaz de valerse por sí misma, puede poner la situación en conocimiento del Ministerio Fiscal y éste, después de valorar la situación, actuará de oficio.

Si la persona a incapacitar es un menor de edad únicamente podrán promover la incapacidad sus padres o las personas que se encarguen de su tutela.

¿Qué procedimiento hay que seguir para lograr la incapacitación judicial de un familiar?

  1. Se presenta la demanda de incapacitación judicial.
  2. El Ministerio Fiscal será parte en el procedimiento. Si ha sido el promotor del inicio del procedimiento, se le deberá asignar a la persona a incapacitar un defensor judicial que vele por sus intereses. Si el promotor ha sido un familiar, el Ministerio Fiscal defenderá al presunto incapaz.
  3. Se escuchará a los parientes más próximos sobre la salud y el nivel de autogobierno de la persona a incapacitar.
  4. La persona a incapacitar deberá estar presente en todo el procedimiento. El juez debe poder ver a esa persona.
  5. El juez pedirá un dictamen pericial médico que evalúe el estado real de salud física y mental y sus limitaciones para autogobernarse.
  6. Una vez finalizados todos los pasos anteriores, el juez valorará las pruebas y decidirá si la incapacitación procede o no, y, de proceder, decidirá régimen de tutela y nombre del tutor.

Si crees que un familiar necesita ser incapacitado, contacta con los abogados de divorcio en Barcelona de BPM Abogados, que se encargan de todo tipo de temas relacionados con la familia. Estudiaremos el caso y emprenderemos acciones judiciales de forma rápida para solucionar todo lo antes posible.

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