Si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya se había pronunciado sobre la retroactividad de la devolución de la cláusula suelo, esta semana el Tribunal Supremo se ha visto obligado a rectificar su sentencia de 9 de mayo de 2013, a fin de dar cumplimiento a la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 26 de diciembre de 2016. La sentencia del Supremo de esta semana obliga al BBVA a devolver todo lo cobrado por esta cláusula y no sólo desde mayo de 2013. Los abogados de derecho bancario de BPM Abogados explicaremos qué supone esta nueva sentencia.
En el año 2013 el Tribunal Supremo declaró abusivas aquellas cláusulas suelo que se habían comercializado a los clientes sin la debida transparencia e información. Sin embargo, la nulidad de éstas sólo se retrotrajo al 9 de mayo de 2013 y no al 2009 o antes, años en los que los bancos las aplicaron habitualmente para protegerse a sí mismos ante la clara previsión de bajada del Euríbor y los tipos de interés.
En esta nueva sentencia del Tribunal Supremo, éste rechaza los argumentos del BBVA para no aplicar la retroactividad en las devoluciones. El banco respaldaba su petición de no retroactividad en que las cláusulas suelo ya habían sido juzgadas por el mismo tribunal en el año 2013, año en el que había decidido invalidarlas pero sólo con efectos a partir de mayo de 2013. El Tribunal Supremo ahora rechaza esta alegación de “cosa juzgada” y argumentan que la sentencia de 2013 era sobre una hipoteca de UNNIM, así como que el texto de la cláusula era notablemente diferente y la denuncia fue colectiva y no individual como el caso sobre el que se acaba de decidir.
Nuestros abogados de Derecho Bancario consideran que esta nueva sentencia es clara y es una forma de enmendar la sentencia de 2013. Los bancos que a pesar de la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea seguían oponiéndose a devolver la cláusula suelo aplicando la retroactividad total, probablemente acaben devolviendo el dinero por esta cláusula abusiva a sus clientes sin que tener que acudir de nuevo a los tribunales.
El Banco de España calcula que la banca devolverá unos 4.200 millones de euros a los clientes afectados.
¿Por qué se han declarado las cláusulas suelo abusivas?
La justicia considera que esta cláusula no se explicó bien a los clientes, matizan nuestros abogados de Derecho Bancario. En 2008, el Euríbor alcanzó la máxima cifra de la década. En el verano del mismo año superó el 5%. Eso significa que aquellos que firmaron una hipoteca a Euríbor +1 pagaban más del 6% de interés. Las cláusulas techo, que en principio debían activarse, no llegaron a hacerlo porque en los contratos de las entidades bancarias las cláusulas techo estaban, de media, en el 13%. Sin embargo, y aunque en el año 2009 el Euríbor empezó a bajar de forma rápida, los hipotecados no vieron disminuidas las cuotas de sus hipotecas. Explican nuestros abogados de Derecho Bancario que, aunque el Euríbor llegó a estar incluso por debajo del 1%, las cláusulas suelo, a diferencia de las cláusulas techo, sí se mantuvieron, normalmente entre el 2% y el 3%. Por ello, al no haber equilibrio entre el suelo y el techo pactados, este desequilibrio así como la falta de información transparente sobre los efectos reales de la cláusula suelo es lo que ha fundamentado la declaración de la cláusula como abusiva.
Si eres uno de los afectados, en BPM Abogados te asesoraremos, negociaremos por ti garantizando tus intereses y lograremos que te devuelvan todo lo que te habían cobrado de forma abusiva.




