En nuestro despacho de Barcelona hemos llevado recientemente un tema de un divorcio en el que discutíamos la guarda y custodia de un niño de tres años y la pensión de alimentos. En este caso, nosotros representábamos al padre que quería un sistema de guarda y custodia compartida de forma que su hijo estuviera una semana con la madre y otra con él. La madre quería la guarda y custodia del niño para ella y para ello argumentó en el procedimiento que había sido ella la que básicamente se había hecho cargo del niño hasta la fecha.
En BPM Abogados hicimos un análisis de la situación y comprobamos que se daban los requisitos para que se estableciera un sistema de guarda conjunta. Para ello, preparamos toda la prueba que demostraba que no era cierto que la madre se hubiera hecho cargo del menor sino que los dos padres se habían ocupado de su cuidado, que estaban capacitados para seguir haciéndolo y que eso iba a ser lo mejor para el niño. También pudimos demostrar que la pensión de alimentos que reclamaba la madre era desproporcionada tanto en cuanto a los gastos del niño como a las posibilidades del padre.
Ganamos la sentencia y nos otorgaron la custodia compartida con una pensión ajustada a los gastos reales del menor.