Cuando se da una separación o divorcio con hijos y el juez atribuye la guarda y custodia a únicamente uno de los dos progenitores, lo habitual es que la vivienda familiar, sea propiedad de los dos progenitores o únicamente de uno de los dos (aunque la propiedad sea del progenitor no custodio) se le atribuya a aquel que se queda al cuidado de los hijos. Por ello, aunque, por ejemplo, el uso y disfrute de la vivienda familiar se le atribuya a la madre, el padre, de ser propietario al 50%, tendrá que seguir abonando religiosamente su parte de la hipoteca. Sin embargo, cuando en vez de vivienda familiar en propiedad nos encontramos ante un alquiler, la situación cambia bastante. En el artículo de hoy trataremos una pregunta que escuchamos de manera habitual como abogados de divorcio en Barcelona, en BPM Abogados, y leemos a menudo en redes sociales: “Tras el divorcio, me he quedado con la custodia de los niños. ¿Debe mi ex pagar la mitad del alquiler?”
Como se ha podido intuir, que la vivienda familiar sea de alquiler o en propiedad cambia bastante las cosas en el momento de la separación o el divorcio, especialmente si hay hijos en común. En caso de que el alquiler fuera, por ejemplo, a nombre del progenitor no custodio y el juez le atribuya la custodia y el uso de la vivienda familiar, el progenitor que se quedará con el uso y disfrute de la vivienda deberá, según la Ley de Arrendamientos Urbanos, comunicar al arrendador (propietario), en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución judicial, su voluntad de continuar en el uso de la vivienda. El progenitor a quien se priva de la vivienda deberá también indicar al propietario, recomendable hacerlo a través de burofax para evitar posibles futuras reclamaciones de pago de rentas impagadas, que a partir de ese momento deja de ser el titular del contrato de alquiler en favor de su excónyuge.
Desde el momento en que la titularidad del contrato de alquiler pasa al progenitor custodio, éste será el encargado de hacer frente a las rentas mensuales. El progenitor custodio deberá reclamar una parte del alquiler de la vivienda, como uno de los conceptos de gasto de los menores que conforman la pensión alimenticia. Así, por lo tanto, en la pensión de alimentos que el juez determine en favor del menor o menores ya irá incluida una parte destinada a sufragar la vivienda del menor.
Si está pensando en separarte o divorciarte, tengas o no hijos en común con el que aún es tu pareja, contacta con los abogados de divorcio en Barcelona de BPM Abogados. Te asesoraremos previamente, te acompañaremos durante todo el proceso y defenderemos tus derechos y los de tu familia ante la justicia.