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  • Separación matrimonial, divorcio, herencia y pensión de viudedad

    Separación matrimonial, divorcio, herencia y pensión de viudedad

28 JUL 2016

Existen notables diferencias entre separación matrimonial y divorcio.

La separación es lo que sucede cuando los dos, o uno de los dos cónyuges, acuerdan o imponen finalizar la convivencia matrimonial. Un Juez interviene y cesa legalmente la vida en común del matrimonio. Además, el magistrado dictamina unas medidas en caso de tener hijos en común, establece la división de las cosas comunes que hasta ahora compartía el matrimonio, impone la separación de bienes y extingue el régimen de gananciales, si lo hubiese. Sin embargo, este cese legal de la vida en común no establece forzosamente la ruptura del matrimonio, es decir, los cónyuges seguirán casados aunque se separen.

El divorcio cuenta también con la intervención de un Juez, pero establece la ruptura definitiva y legal del vínculo del matrimonio. Es decir, el matrimonio dejará de existir y en caso de querer volver a establecer el vínculo matrimonial, deberán desplazarse al registro civil e iniciar todos los trámites para contraer matrimonio de nuevo. Además, el hasta ahora matrimonio ya no tendría que cumplir con los deberes de convivencia o fidelidad.

¿Y qué pasa con la herencia en caso de separación matrimonial y/o divorcio?

La separación legal matrimonial y el divorcio eliminan el derecho a herencia sobre los bienes del otro cónyuge. El cónyuge separado legalmente o divorciado ya no podrá heredar la parte legítima y sólo podrá acceder a la herencia si está incluido en el testamento.

Precisamente por eso es recomendable revisar testamentos realizados antes de la separación matrimonial o del divorcio, ya que es habitual legar la parte del testamento correspondiente a la libre disposición al otro cónyuge y olvidarse de cambiarlo cuando finaliza el vínculo matrimonial o se establece la separación legal.

Pensión de viudedad

Un/a separado/a o divorciado/a podrá cobrar la pensión de viudedad si fallece su excónyuge siempre que cumpla unos requisitos:

  • Que no se haya vuelto a casar ni esté registrado como pareja de hecho.
  • Que sean beneficiarios/as de una pensión compensatoria que establece el Juez en el momento de separación legal matrimonial o en el momento del divorcio.

No obstante, la Disposición Transitoria 18 LGSS establece que en caso de no recibir pensión compensatoria podrán acceder a la pensión de viudedad:

Product designer Werner Aisslinger and partner Tina Bunyaprasit, the creative team at Aisslinger Studio, and NOMOS's own designer designed this bold watch together. From the Museum of Contemporary Art in New York (MoMA) to the V&A Museum to the Vitra Design Museum, his works are favored by exhibitions around the world. The dial is inspired by the racetrack,replica breitling whose linear design is displayed on the edge of the dial and on the small seconds hand. The narrow date window can display three different dates at the same time, namely yesterday, today and tomorrow at a glance.replica hublot In addition, the watch has a quick date adjustment function that can be easily adjusted by two-way operation of the crown. Aisslinger and Bunyaprasit are delighted with the news: Designing a mechanical watch is a very meaningful project and to win the Good Design Award now is even more amazing. It's a good start for this year.
  • La persona que acredite que entre la fecha de divorcio o separación matrimonial legal y la fecha del fallecimiento del excónyuge haya transcurrido un tiempo máximo de 10 años, siempre que el matrimonio hubiese durado 10 años o más y hubiera hijos en común, o el beneficiario tenga una edad superior a 50 años en el momento del fallecimiento del excónyuge.
  • Las personas separadas legalmente o divorciadas antes del 1 de enero de 2008 que no recibieran pensión compensatoria y no reúnan los requisitos especificados en el punto anterior siempre que tengan al menos 65 años, que no tengan derecho a otra pensión pública, y cuyo matrimonio haya durado 15 o más años.
  • Las personas que puedan acreditar haber sido víctimas de violencia de género en el momento de la separación legal o divorcio.
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