Éste es, sin lugar a dudas, uno de los temas más controvertidos que como abogados de divorcio en Barcelona nos encontramos. Llevar, como abogados de familia, temas de custodia de hijos es muy habitual y no hay demasiada controversia. Sin embargo, cada vez más nos encontramos con parejas, habitualmente sin hijos, con animales domésticos que pelean por la custodia de su mascota igual que lo harían por la de su hijo en caso de haberlo tenido. El Código Civil trata a los animales domésticos como “bienes muebles”, por lo tanto, queda claro que a nivel legal no es equiparable un hijo a una mascota. Así que es evidente que no podemos hablar ni de régimen de visitas ni de guarda y custodia tal y como lo relacionamos con los hijos.
Hasta no hace mucho, la “custodia” del animal doméstico se le otorgaba a su propietario administrativo, es decir, a la persona registrada como dueño del animal. Pero la cosa está cambiando. Observamos que cada vez hay más jueces sensibilizados con este tipo de temas que rechazan considerar a la mascota como bien inmueble, algo para muchos injustificable teniendo en cuenta el vínculo afectivo que la mayoría de personas tienen con sus animales, a los que muchos llevan unidos años y años.
Aun teniendo en cuenta esta nueva visión por parte de la Justicia, todavía no se conocen demasiados casos relacionados con custodia de animales domésticos.
El primer caso de “tenencia compartida” de una mascota se dio en 2010. En este caso, el propietario administrativo del perro no pudo demostrar ante la Justicia que realmente hubiera sido él el que encontró al animal en la calle, de haberlo podido demostrar, lo más probable es que hubiera obtenido la tenencia exclusiva del perro. Su exmujer había presentado una demanda para lograr pasar periodos de tiempo con el animal idénticos a los de su exmarido. El hombre, en el momento de hacer efectiva la separación, se había quedado con la mascota.
En febrero de este año se reconoció en el Congreso que los animales domésticos no son objetos, pero todavía no se ha modificado el Código Civil.
Como abogados de divorcio en Barcelona, desde BPM Abogados recomendamos que todos los matrimonios o parejas reciban asesoramiento preventivo antes de contraer matrimonio para redactar un pacto prematrimonial en el que se plasmen los acuerdos a los que llegue la pareja sin estar inmersos en una crisis de convivencia. Para evitar enfrentamientos ante la Justicia por los animales domésticos, es importante dejar este tema claro por escrito en un acuerdo prematrimonial.
Si eres de los que piensa que más vale prevenir que curar, contacta con nuestros abogados de divorcio en Barcelona de BPM Abogados para que te asesoren sobre acuerdos prematrimoniales y “custodia” de animales domésticos. No queremos que te encuentres con sorpresas desagradables.




