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  • Régimen de visitas: “mi hijo adolescente no quiere ver a su padre”

    Régimen de visitas: “mi hijo adolescente no quiere ver a su padre”

02 FEB 2017

Un divorcio o separación con hijos menores de edad culmina siempre con una sentencia en la que se atribuye a uno o a los dos progenitores la guarda y custodia del niño. Esto comporta el establecimiento del llamado “régimen de visitas”, o el tiempo que el menor debe pasar con el otro progenitor. Sin embargo, en ocasiones cuando los menores alcanzan una determinada edad y empiezan a tomar decisiones, una de ellas puede ser no pasar tanto tiempo con uno de los progenitores o, directamente, dejar de verlo. ¿Es posible? ¿Qué dicen los jueces en situaciones como esa?

La Declaración Universal de los Derechos del Niño establece, en su artículo 9, el derecho de los menores a pasar el tiempo suficiente con cada progenitor si estos están separados. Para los padres esto es, a la vez, un deber y un derecho. Derecho porque pueden estar y disfrutar de sus hijos el tiempo necesario para ejercer el rol de padre/madre y deber porque es su obligación legal ejercer de titulares de la patria potestad.

Esta es la teoría. Sin embargo, en ocasiones la decisión de un juez y los derechos de los padres chocan con la voluntad de los menores. Cuando el hijo entra en la fase de la adolescencia, pero todavía es menor de edad, en numerosos casos puede darse que el hijo manifieste su voluntad de no ceñirse a rajatabla al régimen de visitas. Aquí surgen las dudas.

¿Hay que forzar al menor a que pase tiempo con su padre?, ¿qué consecuencias judiciales tiene el incumplimiento del régimen de visitas?

Aunque existen varios criterios al respecto, una gran mayoría de jueces considera que a partir de los 15 o 16 años hay que tener en cuenta la voluntad del menor. Siempre que el menor no tome decisiones de forma inmadura o influenciado, el criterio general es que debe respetarse su voluntad. Los Tribunales a partir de esa edad acatan la decisión del menor de no cumplir con el régimen de visitas. Esto se justifica porque se considera que el menor está en una edad en la que comienza a experimentar cambios en su modo de vida y en sus hábitos, también de ocio. Además, nuestro ordenamiento jurídico otorga a esa edad determinados derechos porque en esa fase ya existe capacidad de decisión y criterio, algo ausente en la etapa de la infancia.

Si todo esto se produce en una edad inferior a los 15 años, los tribunales buscan con más precisión el motivo de la voluntad de no relación entre hijo y progenitor, ya que el menor aún no cuenta con la madurez suficiente. Lo que se hace habitualmente en este tipo de casos es intentar promover una buena relación entre padre e hijo, que pueda haberse visto afectada previamente a la decisión del menor. Solo en casos graves el Juez impide la relación paterno-filial.
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