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  • Lotes y cenas de Navidad: ¿son deducibles?

    Lotes y cenas de Navidad: ¿son deducibles?

27 DIC 2016

Muchos de los empresarios que leáis este artículo habréis agasajado durante las últimas semanas a vuestros trabajadores con una cena de navidad y/o un lote. Una vez pasadas estas fechas navideñas toca ponerse al día con la contabilidad de la empresa. Y aquí surgen las dudas. ¿Podemos deducirnos el gasto y el IVA de los obsequios a los trabajadores y de la cena de Navidad de la empresa? Si eres un empresario experimentado sabrás la respuesta, si éste es el primer año que te toca analizar esto, sigue leyendo porque te vas a sorprender. Analicemos punto por punto.

IVA

Por norma general, no. El IVA de la compra de lotes y cenas de Navidad destinado a asalariados no es deducible. Así lo establece la ley del IVA.

Sin embargo, nos encontramos con dos excepciones: se podrá deducir el IVA de los obsequios publicitarios de poco valor y también de los objetos destinados a la actividad comercial de la empresa que vayan destinados a la atención de trabajadores.






Gasto

Si nos fijamos en el gasto de lotes y cenas de Navidad, la Ley del Impuesto de Sociedades indica que sí serán deducibles los donativos efectuados al personal de la empresa con arreglo a los usos y costumbres de ésta. Será responsabilidad de la empresa demostrar que este gasto pertenece a sus usos y costumbres. Después del primer año será más fácil justificar todo gracias a los justificantes de año o años anteriores.

Hay que tener en cuenta que la entrega de los lotes de Navidad a trabajadores se considera retribución en especie por el precio de los mismos, y así debe constar en la nómina del trabajador. Esta retribución tendrá su correspondiente retención e ingreso de IRPF por parte de la empresa.

Si nos fijamos en los lotes navideños destinados a clientes, estos se deben entender como pura atención al cliente y por tanto el gasto formará parte de la excepción y sí será deducible siempre que su importe no supere el límite del 1% neto de la cifra de negocios de ese período impositivo.

Desde BPM Abogados os deseamos que acabéis de pasar unas buenas fiestas y que tengáis una gran entrada de año. Si a la vuelta, o en cualquier momento, tenéis cualquier duda, preguntadnos, estamos a vuestra disposición para ayudaros a resolver cualquier cuestión. Sabemos que estos temas siempre es mejor dejarlos en manos de profesionales. A vuestra disposición siempre.replique orient

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