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  • Estas son las medidas de la nueva ley de alquiler

    Estas son las medidas de la nueva ley de alquiler

05 MAR 2019

El Consejo de Ministros dio, el pasado viernes, luz verde al Real Decreto de medidas urgentes sobre vivienda y alquiler con el que pretenden ofrecer mayor seguridad a inquilinos, incentivar alquilar a precios asequibles y apoyar a familias vulnerables. Como abogados inmobiliarios en Barcelona, desde BPM Abogados intentaremos resumir aquí las medidas más importantes.

  • Se amplía el período de prórroga de los contratos: si hasta hace poco se había cambiado la norma para que la prórroga obligatoria de los contratos fuera de uno a tres años, ahora la prórroga obligatoria será de cinco años si el propietario de la vivienda es una persona física, hasta siete en caso de ser empresa o fondo de inversión. Además, se amplía también la prórroga tácita, esa que se da por supuesta si ninguna de las dos partes dice lo contrario en el momento de finalizar el contrato. Si nadie se pronuncia, el contrato se ampliará durante tres años. “Hasta ahora se prorrogaba únicamente un año”, explican los abogados inmobiliarios en Barcelona, BPM Abogados.
  • Hay que avisar con más tiempo de antelación si se quiere rescindir el contrato: el propietario tiene que avisar con cuatro meses de antelación, el inquilino, con dos.
  • Las administraciones públicas podrán comprar un inmueble antes de ser vendido a un fondo: la nueva ley concede a las Administraciones Públicas el derecho de tanteo y retracto en caso de ventas conjuntas de un inmueble. De esta forma, se pretende frenar ventas a fondos de inversión, en caso de considerarse oportuno.
  • Se pretende tener más control sobre el alquiler turístico: con esta medida, se permitirá a comunidades de propietarios autorizar o denegar que una vivienda de su edificio sea destinada a uso turístico con una mayoría de 3/5.
  • Aumento de la renta limitado al IPC: el aumento anual de la renta de alquiler se limitará al incremento del IPC.
  • Los herederos de un inquilino vulnerable podrán permanecer en la vivienda: en casos de fallecimiento del inquilino, y si las personas con las que convivía están en situación de vulnerabilidad, se podrá mantener la vivienda arrendada al familiar con el que estuviese conviviendo.

Si quieres que te informemos sobre el resto replica rolex de las medidas que han entrado en vigor, o quieres consultarnos algo relacionado con compraventa o alquileres, contacta con los abogados inmobiliarios en Barcelona, BPM Abogados. Ponemos a tu disposición nuestros más de veinte años de experiencia en sector del derecho inmobiliario.

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