El Tribunal Constitucional ha anulado la ley de medidas urgentes en materia de vivienda que aprobó el Govern de la Generalitat en diciembre de 2019. Esta normativa, entre otras cosas, obligaba a los propietarios a ofrecer un alquiler barato a los okupas que llevasen seis meses residiendo en ella sin autorización. Además, todo parece indicar que anulará también el decreto que limitaba el precio del alquiler en Cataluña por inconstitucional. ¿Qué sucederá con los contratos ya firmados con estas condiciones? ¿Cómo afectará esta posible anulación a los arrendadores? Como abogados de derecho inmobiliario, desde BPM Abogados hablamos sobre ello.
El Consell de Garanties Estatutàries, el órgano del Parlament que vela por la constitucionalidad de las normas, ya avisó en febrero de 2020 de que algunos puntos del decreto no respetaban la Constitución. Ahora, el Tribunal Constitucional no valora si imponer un tope en el precio de alquiler u obligar a los propietarios a ofrecer un alquiler social antes de iniciar una demanda judicial para recuperarla es o no constitucional, pero sí subraya que cuando esto afecte a derechos fundamentales recogidos en la Constitución, debe tener forma de ley y no mediante decretos, sin intervenciones en el Parlamento y sin oportunidad de debate por parte de las fuerzas políticas de la oposición.
replique montre breitlingY es que el artículo 86.1 de la Constitución ya recoge que “en caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes”, siempre que no afecten a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos.
Derecho a la propiedad privada
Este tribunal hace, además, una seria advertencia sobre la imposibilidad de privar a alguien del derecho de propiedad privada y herencia sin causa justificada de utilidad pública o interés social y sin la correspondiente indemnización.
La anulación de la normativa que obligaba a propietarios a ofrecer un alquiler social para evitar desahucios conllevará, probablemente, el desahucio de familias en situación precaria y pendientes de un alquiler social: 1.399 por impago del alquiler; 1.324 ocupaciones y 566 desahucios por imago de la hipoteca.
¿Necesitas ayuda con ello o quieres que te asesoremos sobre cómo cambiar el contrato de alquiler firmado cuando esta norma estaba vigente? Como abogados de derecho inmobiliario en Barcelona, en BPM Abogados estamos encantados de poder ayudarte. Contáctanos.