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  • Divorcio y VPO: preguntas y respuestas frecuentes

    Divorcio y VPO: preguntas y respuestas frecuentes

23 OCT 2017

Un divorcio suele ser algo complicado de solucionar tanto a nivel emocional como económico. Si ya de por sí muchas veces es difícil llegar a un acuerdo sobre la vivienda en común cuando esta se rige por el régimen privado, hacerlo sobre una Vivienda de Protección Oficial (VPO) lo es todavía más. La mayoría de veces ni siquiera la responsabilidad de no llegar a un acuerdo depende de los protagonistas, sino que es el propio organismo público el que no lo pone nada fácil. Últimamente, como abogados de divorcio en Barcelona, en BPM Abogados recibimos consultas sobre divorcio y VPO, por lo que hemos decidido responder a las cuatro preguntas que más se repiten y que pueden servir para hacerse una idea general de lo que supone un divorcio con VPO de por medio.

  • Si se vende el piso, ¿hay que devolver las ayudas otorgadas por un piso de protección oficial?
    Todo dependerá de las condiciones que imponga cada comunidad autónoma, aunque lo más habitual es que quien accede a una vivienda de protección oficial reciba ayudas públicas para poder comprar la vivienda con más facilidad. En caso de que la disolución de la propiedad se produzca, bien por extinción del condominio, bien por venta a un tercero, las ayudas otorgadas hay que devolverlas.
    Si, pongamos como ejemplo, se produce la extinción del condominio y una de las dos partes deja de ser titular, se deberán devolver el 50% de las ayudas recibidas más los intereses generados. Si las dos partes deciden vender a un tercero, se deberán devolver la totalidad de ayudas recibidas más los intereses generados.
  • ¿Puede vender un miembro de la pareja su mitad a la otra parte?
    Como se habrá podido intuir en la respuesta de la pregunta anterior, sí, uno de los miembros de la pareja puede vender su parte a la otra. Para eso se deberá extinguir el condominio, se cederá la titularidad de la vivienda a la otra parte y, dependiendo del acuerdo, se podrá compensar económicamente a la parte que renuncia a la VPO.
  • Si se decide vender el piso, ¿hay que solicitar una autorización?
    Si hablamos de divorcio con extinción de condominio de por medio (es decir, una de las partes cede la titularidad a la otra), no será necesario. Tampoco será necesaria autorización si, en caso de haberse casado en régimen de bienes gananciales, se produce una disolución de la sociedad de gananciales y la vivienda es adjudicada a una de las partes.
    En cambio, será necesaria autorización si la VPO va a ser donada o vendida a un tercero siempre que la vivienda siga siendo de protección oficial y/o se hayan obtenido ayudas para comprarla.
  • ¿Quién marcará el precio de venta? ¿Lo puede fijar la pareja?
    Si la vivienda, en el momento de la venta, sigue siendo de protección oficial, el precio será el del valor oficial o bien el precio máximo legal de venta que establece cada comunidad autónoma. Por lo tanto, la pareja no podría fijar un precio de forma aleatoria o según su criterio.


Si estás pensando en separarte o divorciarte y/o quieres divorciarte y dispones de una vivienda de protección oficial, contacta con los abogados de divorcio en Barcelona de BPM Abogados. Te ayudaremos con los trámites, resolveremos tus dudas, y defenderemos tus derechos ante los tribunales en caso de ser necesario.

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