Vuelves de vacaciones, vas a entrar en tu casa y ¡oh, sorpresa!, hay otras personas viviendo dentro. Bienvenido/a a tu nueva realidad: te han okupado la vivienda. No puedes entrar, no los puedes echar por la fuerza o pueden denunciarte por cometer un delito. ¿Cuál es el procedimiento a seguir para desahuciar a estas personas que se han apropiado de tu casa ilegalmente?
Lo primero, debes ponerte en contacto con un abogado para que te ayude y acompañe en todo este proceso que durará unos meses. Es necesario que lo hagas, ya que debes acudir a la Justicia para iniciar un procedimiento judicial de desahucio. En este caso, deberás acogerte a un proceso llamado “desahucio por precario”. El desahucio express puesto en marcha hace poco tiempo no sirve en este caso.
Se considera situación de “precario” cuando:
- el inmueble está en posesión de una persona que carece de contrato que le permita residir allí. Esta situación es conocida como ocupación no consentida o “movimiento okupa”.
- El dueño ha permitido a una tercera persona residir en el inmueble sin pagar una renta por ello y sin fijar una duración determinada. A esta situación se le llama “precario puro”.
Partes del proceso judicial para desahuciar a okupas
- Interpones la demanda en el juzgado, que será admitida si cumple todos los requisitos.
- El Juzgado envía la demanda a la parte demandada y pone fecha para una “vista” tras la que el proceso quedará visto para sentencia.
- El/la juez/a dicta sentencia, probablemente, condenando a los demandados y fija una fecha de lanzamiento.
- Los demandados tienen 20 días hábiles desde la notificación de la sentencia para dejar libre el inmueble.
- Si los okupas no cumplen voluntariamente la sentencia en el plazo antes mencionado de 20 días, el dueño o dueños del inmueble deberá esperar a la fecha que se ha fijado durante el procedimiento para el lanzamiento.
- Se puede recuperar el inmueble de forma voluntaria (los okupas entregan las llaves el día del lanzamiento) o de forma forzosa (a veces es necesario un cerrajero para poder acceder al interior de la vivienda).
- La Comisión Judicial levanta acta del lanzamiento e informa del estado del inmueble. Si existen daños, el dueño podrá demandar judicialmente al okupa por vía civil o penal.
La duración de este proceso depende de la saturación del juzgado de cada ciudad. Normalmente, se tarda de 7 a 8 meses en desahuciar a okupas. En Cataluña, los juzgados más rápidos son los de las cuatro capitales de provincia: Barcelona, Tarragona, Lleida y Girona.