Tomar la decisión de separarse o divorciarse puede enrarecer, si no se ha complicado ya, la convivencia de la hasta ahora pareja o matrimonio o el ambiente reinante en el domicilio conyugal. Ante la dificultad en la convivencia, es habitual que uno de los dos miembros de la pareja decida o tenga voluntad de abandonar el que hasta ahora ha sido el domicilio familiar. Esto no supondría ningún problema cuando no existen hijos de por medio. En caso de separación matrimonial y posible futuro divorcio con hijos, la marcha de casa de una de las dos partes acostumbra a complicar mucho las cosas, dando lugar en algunas ocasiones a un posible delito de abandono de familia, tipificado de forma general con penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses.
Para evitar este tipo de delito y asegurar que la marcha de la vivienda no va a suponer una penalización a la hora de asignar la custodia del menor o menores o una modificación sobre los derechos del inmueble familiar, es fundamental seguir contribuyendo a los gastos vitales del hijo o hijos y comunicar el nuevo domicilio al otro cónyuge. A pesar de lo dicho anteriormente, por experiencia sabemos que el progenitor que abandona sin más la vivienda acostumbra a tener más difícil reclamar luego el uso del inmueble que el que se queda en él.
Aun así, desde BPM Abogados recomendamos que antes de abandonar el domicilio, el que tiene intención de marcharse se ponga en contacto con un abogado, se informe de cuáles son sus derechos y deberes, no deje nada a la improvisación y presente previamente la demanda de separación o divorcio, o pacte los términos de la separación de hecho. Además, instamos a los dos cónyuges a firmar un pequeño documento en común en el que se constate que la marcha es un acuerdo entre las dos partes, para evitar malentendidos, y que el abandono del domicilio conyugal no implica una renuncia a los posibles derechos sobre la vivienda familiar o la custodia de los menores. Esto evita sorpresas desagradables a futuro y aporta un poco de paz y tranquilidad en un proceso a veces complicado y tortuoso para las dos partes.
En España se presentaron, durante el año 2014, un total de 126.400 demandas de divorcio. De mutuo acuerdo, 75.795, 50.605 fueron no consensuadas. De 2015 aún no tenemos cifras.




