El pasado mes de abril, el Tribunal Mercantil de Madrid resolvió una demanda de Adicae, la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas de Ahorros y Seguros, condenando a cuarenta bancos a devolver a sus clientes lo cobrado por las cláusulas suelo desde el año 2013.
Aunque algunas entidades financieras ya han devuelto el dinero a sus clientes, otras únicamente han aprovisionado las cantidades por las que han sido condenadas y han anunciado su intención de recurrir la sentencia.
Por otra parte, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará sentencia antes de final de año, y fijará el grado de retroactividad exigible a la banca sobre el dinero cobrado debido a malas prácticas bancarias. Pero hay una fecha clave previa que puede anticipar la sentencia de final de año. Será el próximo 12 de julio cuando el abogado general de la UE se pronuncie y haga públicas sus conclusiones, que suelen coincidir en un 80% de las veces con la sentencia definitiva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Si el Tribunal de la Unión Europea dictamina la sentencia de forma retroactiva, lo más probable es que queden fuera, excluidos, los casos ya juzgados.
En todo caso, la diferencia de factura a pagar si la sentencia obliga a pagar sólo desde 2013 o si por el contrario obliga a devolver el dinero mal cobrado desde 2009, es enorme. Según AFI, si la banca tiene que retornar lo cobrado desde el año 2013, la factura sería de 5.269 millones; si devuelve lo cobrado por cláusulas suelo desde 2009, el importe ascendería a 9.700 millones de euros.
En caso de que el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea dictase a favor de la retroactividad, sería un duro golpe para elTribunal Supremo en España, que en sentencia de 9 de mayo de 2013 contemplaba únicamente la devolución de las cantidades cobradas a partir de esa fecha.
Además, el mismo Tribunal Supremo acordó suspender la tramitación de un recurso interpuesto por Unicaja contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén del 10 de julio de 2014, que daba la razón a dos clientes y anulaba la cláusula suelo con su entidad bancaria, en espera de la sentencia definitiva del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. El Alto Tribunal condenaba a Unicaja a retornar lo cobrado por cláusulas suelo sin fijar como fecha tope el pasado año 2013.