Cuando entre los cónyuges no hay acuerdo para el reparto o distribución de los bienes que poseen en común, se puede solicitar judicialmente la división de la cosa común, que puede pedirse o en el propio proceso de divorcio, o bien en un procedimiento independiente que se plantee con posterioridad.
En caso de que la ruptura sea de mutuo acuerdo se puede dividir el patrimonio mediante escritura notarial,replique montre pero con la desventaja de que debe tributar, mientras que si se divide el patrimonio en el propio proceso de divorcio el coste administrativo y fiscal es sensiblemente inferior.
En caso de que la ruptura sea de mutuo acuerdo se puede dividir el patrimonio mediante escritura notarial,replique montre pero con la desventaja de que debe tributar, mientras que si se divide el patrimonio en el propio proceso de divorcio el coste administrativo y fiscal es sensiblemente inferior.